Tras el fallecimiento del alcalde de Torreón, Román Alberto Cepeda González, corresponderá al Congreso del Estado definir a la persona que asumirá la Presidencia Municipal para concluir el periodo constitucional, una vez que reciba la propuesta de la dirigencia estatal del partido político que obtuvo el triunfo en las elecciones municipales, en este caso el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

Mientras se lleva a cabo el proceso legislativo, la administración municipal permanecerá bajo la conducción de un encargado del despacho. De acuerdo con el Artículo 100 del Código Municipal para el Estado de Coahuila, ante la ausencia definitiva del alcalde, los regidores asumen de manera inmediata y transitoria las funciones del cargo conforme al orden de su nombramiento. En este contexto, Luis Jorge Cuerda, primer regidor del Ayuntamiento, quedó al frente de las responsabilidades de la Presidencia Municipal.

La legislación establece que los encargados del despacho deberán ejercer las competencias y facultades del alcalde únicamente hasta que el Congreso del Estado designe a quien ocupará formalmente el cargo.

Por su parte, el Artículo 158-K de la Constitución Política del Estado de Coahuila señala que el Poder Legislativo deberá nombrar, mediante escrutinio secreto y con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus integrantes, a la persona que concluirá la administración municipal. Para ello se requiere la concurrencia de al menos dos terceras partes de los diputados.

La misma disposición constitucional precisa que la propuesta deberá emanar de la dirigencia estatal del partido político que ganó la elección en el municipio correspondiente, por lo que será el PRI quien presente la terna o candidatura que será analizada por el Congreso local.

La situación marca un hecho sin precedentes en la historia reciente de Torreón. Aunque en las últimas décadas el Ayuntamiento ha recurrido a suplencias o encargados temporales debido a licencias o ausencias de alcaldes, esta es la primera ocasión en que se activará el procedimiento de sustitución derivado del fallecimiento de un presidente municipal en funciones.

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