De nueva cuenta, se emitieron multas contra la Titular de la Secretaria del del Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Director General de la Comisión Nacional del Agua y al Director General del Organismo de Cuenca Cuencas Centrales del Norte de la Comisión Nacional del Agua.
El Juez de Distrito mediante acuerdo de fecha 02 de agosto del 2024, impuso a María Luisa Albores González, en su carácter de Titular de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales en la Ciudad de México, Germán Arturo Martínez Santoyo, en su carácter de Director General de la Comisión Nacional del Agua en la Ciudad de México y Juan Gabriel Riestra Beltrán en su carácter de Director General del Organismo de Cuenca Cuencas Centrales del Norte de la Comisión Nacional del Agua, con sede en esta ciudad de Torreón, Coahuila una multa a cada uno por la cantidad de $10,857.00
El Juez de Distrito apercibió a las autoridades que de continuar con el incumplimiento de sentencia se remitirá el expediente al Tribunal Colegiado de Circuito o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según el caso, para seguir el trámite de inejecución, que puede culminar con la separación de su puesto y su consignación.
“El procedimiento de cumplimiento de sentencia no obstante su complejidad, está avanzando gradualmente con pasos firmes hacia el objetivo planteado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de los quejosos”, se lee en el documento.
Lo anterior, derivado del amparo 1085/2019 que asociaciones Civiles de La Laguna promovieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien resolvió que la Comisión Nacional del Agua y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales han sido omisas sobre la atención a la sobreexplotación del acuífero en La Laguna.
El amparo fue otorgado a las asociaciones Pro Defensa del Nazas y Central Cardenista para el Campo Lagunero al considerar que las dependencias antes mencionadas no han cumplido en acatar “sus obligaciones internacionales y nacionales de respetar, proteger y cumplir, en materia del derecho humano al agua, en relación con el diverso derecho a un medio ambiente sano”
El documento señala que las autoridades responsables, ignoraron la toma de un control efectivo de la extracción y de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas superficiales y del subsuelo en grave detrimento del acuífero principal de la región lagunera y de los beneficiarios de sus servicios ambientales, así como del posible análisis de las concesiones que se concedieron ante un supuesto déficit del acuífero.
Se determinó que las autoridades responsables fueron omisas en cumplir con su obligación de adoptar, en el marco de sus competencias respectivas, medidas positivas para garantizar la preservación y evitar la sobreexplotación de los recursos hídricos del Acuífero Principal de la Región Lagunera.